El nombre propio social-legal y el nombre de autor/a tienen más similitudes que diferencias: anclan la atribución de la propiedad (física o intelectual), se constituyen como deber-derecho y son instituyentes, totalizantes y estabilizadores (Bourdieu). El nombre autoral ha jugado un rol significativo en los dispositivos del “espacio biográfico” (Arfuch) y en las autoficciones de las últimas décadas por su “fuerza magnética” (Lejeune) y sus ecos de juridicidad. Lejos de considerar la autoficción una práctica “no comprometida” o “no seria” (Darrieussecq), afirmamos que el contrabandeo diegético de los nombres autorales no es inocuo: ¿por qué ponerlo en juego, si no es para entrar en la corriente potencial de sugerencias secretas o explícitas en torno al sí mismo, a sus adhesiones, a sus implicaciones con algo distinto de sí? Postulamos, entonces, una serie de “compromisos” intratextuales del nombre autoral: un compromiso existencial, uncompromiso de subversión ontológico y un compromiso social (o político) (Scarano).